Hoy en día la educación se ha tornado
un tema de constante análisis, críticas negativas y también positivas. Se ha
cuestionado que si el maestro es bueno que si es malo que si sabe enseñar o si
cumple con su jornada de trabajo. Se
hacen análisis constantes de cómo debería ser la educación y como debería de
ser el profesor que este frente a los alumnos. Se habla de una evaluación
universal, de un sistema más objetivo y claro, eliminar a todo lo que no se
aplique o cause atraso (eliminación de sindicatos).
Sin duda alguna el profesor como
cualquier otro trabajador tiene derechos, derechos que se han ganado a través
de la historia, derechos que han sido otorgados
con luchas constantes con los diferentes gobernantes. Sin embargo, no siempre
se respetan esos derechos y hasta en ciertas ocasiones son violentados ya sea
por la autoridad inmediata o por altos funcionarios de la secretaria de
educación pública entre otros.
Uno de los derechos que tenemos como
mexicanos y no solo como profesores es el derecho a manifestarnos ante
cualquier inconformidad del gobierno o de servidores públicos. Manifestar las
diferencias, las arbitrariedades que se cometen. Sin embargo muchos individuos
optan por callar y por mantenerse sumisos.
El profesor decide levantar la voz,
manifestarse ante las autoridades cuando sus derechos estos siendo violentados,
cuando no hay salario constante a cambio de su trabajo, cuando no hay medios
que garanticen el sano desarrollo de los alumnos en la institución llamada escuela.
Deciden levantar la voz para dar conocer su inconformidad.
El derecho de manifestarse se
encuentra plasmado en nuestra constitución en su artículo 9, el derecho a la
manifestación es un derecho complejo, pues implica el ejercicio de la libertad
de asociación y (o reunión) de la libertad de expresión.
La libertad de asociación tiene dos
límites expresamente señalados en el artículo 9 de la Constitución. Para
empezar las asociaciones deben ser pacíficas y deben tener un objeto lícito.
Una vez que se ejerce este derecho los participantes no podrán injuriar a la
autoridad, ejercer violencia en contra de ella, intimidarla u obligarla a
realizar un acto en particular.
Por su parte, la libertad de expresión
tiene los siguientes límites según el artículo 6º. de la Constitución: que se
“ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe
el orden público; ..”
Estas limitaciones también están
reconocidas por los instrumentos internacionales de derechos humanos. La
Convención Americana de Derechos Humanos señala en el artículo 15 lo siguiente:
Se reconoce el derecho de reunión
pacífica y sin armas. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las
restricciones previstas por la ley, que sean necesarias en una sociedad
democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden
públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos o
libertades de los demás.
Por otro lado, el derecho de
expresión, según el artículo 13 de la Convención solamente puede restringirse
en aras de proteger los derechos de terceros o su reputación, así como “la
seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.” En todo
caso, estas restricciones deben estar preestablecidas en ley y no deberán estar
sujetas a censura previa (esta última parte también está contemplada en la
Constitución Mexicana).
Pero en lo subsiguiente, la situación
se torna más compleja. Parte del problema surge del hecho de que estas
disposiciones fueron ideadas para evitar la represión gubernamental y no mediar
entre diversos derechos humanos (o garantías individuales).
Las autoridades, tienen la obligación
de hacer posible que se ejerzan los derechos de las personas, (artículo 1 y 2.2
de la Convención Americana) .No le corresponde solamente a los manifestantes
respetar el derecho de circulación, ni a los automovilistas (principalmente)
respetar el derecho de asociación/expresión.
Es primordial que nuestros alumnos conozcan
porque los docentes de nivel público continuamente se manifiestan, que razones de
origen traen consigo que deciden levantar la voz. Expresarles el derecho que
tenemos a realizar la manifestación y cuál es el proyecto que se maneja frente
a las autoridades.
Para tratar este tema con los alumnos de nivel secundario, se realizan debates entre los alumnos,
siempre cumpliendo con los requisitos de este, donde exponen sus ideas acerca
de lo que viven de este derecho y que proponen para mejorarlo. Posteriormente se
realiza un ensayo en donde plasmen
sus conclusiones acerca del derecho a manifestarse y realizan una propuesta
acerca de cómo pueden mejorar la sociedad para la aplicación de este derecho. En
el medio de comunicación “blog” los alumnos subirán su ensayo para dar a conocer sus ideas y conocer los de sus
compañeros y así poder retroalimentarse.
Se trata de que nuestros alumnos
conozcan las bases de nuestro andar, transmitirles en lo práctico a ser análisis
críticos, constructivos, que forjen su propio criterio con las circunstancias
que se presentan en su vida diaria. Inducir a los alumnos a no ser débiles de
pensamiento a cuestionar lo que pasa a su alrededor para transformar su
presente y por ende su futuro.
SERÍA INTERESANTE ABRIR EN ESTE BLOG UN DEBATE SOBRE EL TAN CUESTIONADO TEMA DE LA REFORMA EDUCATIVA. CREO QUE EXISTEN DIVERSOS PUNTOS DE VISTA EN TORNO AL TEMA QUE ENRIQUECERÁN Y NOS ABRIRÁN UNA VISIÓN DE LA REALIDAD SOCIAL QUE ESTAMOS VIVIENDO.
ResponderEliminarSeria interesante Yola, en mi centro de trabajo, no hay reforma, y eso de lo amparos que no explican bien para que son?????? bueno no entiendo bien jjj, por otro lado la SEP, ya no tiene material para los que no estan en reforma, osea que hacer en este caso, con la documentacion de los alumnos... se llegará fin de ciclo y ??? sin documentación de los niños de 1º que porque ya no hay, y solo entrando a la reforma tendremos...
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