Sociedades por la Educación en todo el mundo

martes, 26 de febrero de 2013

DERECHO DE MANISFESTARSE



Hoy en día la educación se ha tornado un tema de constante análisis, críticas negativas y también positivas. Se ha cuestionado que si el maestro es bueno que si es malo que si sabe enseñar o si cumple con su jornada de trabajo.  Se hacen análisis constantes de cómo debería ser la educación y como debería de ser el profesor que este frente a los alumnos. Se habla de una evaluación universal, de un sistema más objetivo y claro, eliminar a todo lo que no se aplique o cause atraso (eliminación de sindicatos).
 
 

Sin duda alguna el profesor como cualquier otro trabajador tiene derechos, derechos que se han ganado a través de la historia, derechos que han sido otorgados  con luchas constantes con los diferentes gobernantes. Sin embargo, no siempre se respetan esos derechos y hasta en ciertas ocasiones son violentados ya sea por la autoridad inmediata o por altos funcionarios de la secretaria de educación pública entre otros.

Uno de los derechos que tenemos como mexicanos y no solo como profesores es el derecho a manifestarnos ante cualquier inconformidad del gobierno o de servidores públicos. Manifestar las diferencias, las arbitrariedades que se cometen. Sin embargo muchos individuos optan por callar y por mantenerse sumisos.
 

El profesor decide levantar la voz, manifestarse ante las autoridades cuando sus derechos estos siendo violentados, cuando no hay salario constante a cambio de su trabajo, cuando no hay medios que garanticen el sano desarrollo de los alumnos en la institución llamada escuela. Deciden levantar la voz para dar conocer su inconformidad.

El derecho de manifestarse se encuentra plasmado en nuestra constitución en su artículo 9, el derecho a la manifestación es un derecho complejo, pues implica el ejercicio de la libertad de asociación y (o reunión) de la libertad de expresión.

La libertad de asociación tiene dos límites expresamente señalados en el artículo 9 de la Constitución. Para empezar las asociaciones deben ser pacíficas y deben tener un objeto lícito. Una vez que se ejerce este derecho los participantes no podrán injuriar a la autoridad, ejercer violencia en contra de ella, intimidarla u obligarla a realizar un acto en particular.
 

Por su parte, la libertad de expresión tiene los siguientes límites según el artículo 6º. de la Constitución: que se “ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; ..”

Estas limitaciones también están reconocidas por los instrumentos internacionales de derechos humanos. La Convención Americana de Derechos Humanos señala en el artículo 15 lo siguiente:

Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley, que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos o libertades de los demás.
 
 

Por otro lado, el derecho de expresión, según el artículo 13 de la Convención solamente puede restringirse en aras de proteger los derechos de terceros o su reputación, así como “la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.” En todo caso, estas restricciones deben estar preestablecidas en ley y no deberán estar sujetas a censura previa (esta última parte también está contemplada en la Constitución Mexicana).

Pero en lo subsiguiente, la situación se torna más compleja. Parte del problema surge del hecho de que estas disposiciones fueron ideadas para evitar la represión gubernamental y no mediar entre diversos derechos humanos (o garantías individuales).
 

Las autoridades, tienen la obligación de hacer posible que se ejerzan los derechos de las personas, (artículo 1 y 2.2 de la Convención Americana) .No le corresponde solamente a los manifestantes respetar el derecho de circulación, ni a los automovilistas (principalmente) respetar el derecho de asociación/expresión.

Es primordial que nuestros alumnos conozcan porque los  docentes de nivel público  continuamente se manifiestan, que razones de origen traen consigo que deciden levantar la voz. Expresarles el derecho que tenemos a realizar la manifestación y cuál es el proyecto que se maneja frente a las autoridades.
 

Para tratar este tema con los alumnos de nivel secundario, se realizan debates entre los alumnos, siempre cumpliendo con los requisitos de este, donde exponen sus ideas acerca de lo que viven de este derecho y que proponen para mejorarlo. Posteriormente se realiza un ensayo en donde plasmen sus conclusiones acerca del derecho a manifestarse y realizan una propuesta acerca de cómo pueden mejorar la sociedad para la aplicación de este derecho. En el medio de comunicación “blog”  los alumnos subirán su ensayo para  dar a conocer sus ideas y conocer los de sus compañeros y así poder retroalimentarse.

Se trata de que nuestros alumnos conozcan las bases de nuestro andar, transmitirles en lo práctico a ser análisis críticos, constructivos, que forjen su propio criterio con las circunstancias que se presentan en su vida diaria. Inducir a los alumnos a no ser débiles de pensamiento a cuestionar lo que pasa a su alrededor para transformar su presente y por ende su futuro.

2 comentarios:

  1. SERÍA INTERESANTE ABRIR EN ESTE BLOG UN DEBATE SOBRE EL TAN CUESTIONADO TEMA DE LA REFORMA EDUCATIVA. CREO QUE EXISTEN DIVERSOS PUNTOS DE VISTA EN TORNO AL TEMA QUE ENRIQUECERÁN Y NOS ABRIRÁN UNA VISIÓN DE LA REALIDAD SOCIAL QUE ESTAMOS VIVIENDO.

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  2. Seria interesante Yola, en mi centro de trabajo, no hay reforma, y eso de lo amparos que no explican bien para que son?????? bueno no entiendo bien jjj, por otro lado la SEP, ya no tiene material para los que no estan en reforma, osea que hacer en este caso, con la documentacion de los alumnos... se llegará fin de ciclo y ??? sin documentación de los niños de 1º que porque ya no hay, y solo entrando a la reforma tendremos...

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